- Colombia, Cuba, México o Rusia
- Pidió que se cumpliera la sentencia
- “Envuelto en asuntos publicados…”
- Sanciones por disciplina
- Se quiso evitar “mer publicidad”
- Comisión de Asuntos Exteriores
- Una influencia mediática creíble
La Audiencia Nacional recurso contencioso-inzibativo que un desestimado el Comisionado de Política Nacional presente, contra la decisión de la Dirección General de la Policía de no concederle ninguna de las plazas en embajadas españolas que había solicitado.
Sanción por consultas Digital confidencial 78/2020 nº nº convocatoria pública, para la provisioni de puestos de trabajo de la convocatoria pública Consejero y Agregado de Interior más diferente misiones diplomáticas españolas.
Encuentra espacios vacíos en el interior. Colombia, Cuba, México y Rusia.
Decisión, acuerdo de fecha 21 de abril de 2021 no se le había adjudicado ninguna de las plazas que había pedido.
Envíalo recurso de reposiciónque la Dirección General de la Policía desestimó el 30 de junio de 2021.
Colombia, Cuba, México o Rusia
Abró entonces la vía tribunal, y en 2022 El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 11 estimó el recurso de la política.
Bogotá, La Habana, México DF y Moscú, y Dirección General Resolución de la Policía para vacantes de Consejero de Asuntos Interiores. ordenó retrotraer el procedimiento “que el órgano autorizado pronunciarse, estar exento de criterio, sobre los méritos de idoneidad alegados por los candidatos y clara motivación de su decisión“.
La administración apeló, pero perdió.
Cabe auntar en esas tanda de nombramientos, como Consejero de Interior en la embajada española en Moscú fue nombredo el director comisario José Miguel Ruiz Iguzquizaque antes había estado al frente de la Jefatura de Unidades de Intervención Policial (JUIP, antidisturbios), tal y como había apuntado un año antes ECD.
Pidió que se cumpliera la sentencia
La política nacional fue registrada en mayo de 2023. El juzgado requiriera la Dirección General de la Policía el efectivo complemento de la sentencia El año 2022.
La sección privada de la Dirección General de la Policía remitió una información y una resolución de la Dirección General, “Considerando que desde la” División de Cooperación Internacional Se adoptan las medidas administrativas necesarias para llevar y efecto lo contenido en el fallo de la sentencia”.
El recurrente insistió en que la sentencia no había sido ejecutada, pero el juez dictó el 5 de septiembre de 2023 que declaraba “que” no decir medida alguna en relación con la ejecución de la pena a que se refiere este incidente, dado que se considera cumplido“.
Llegó un nuevo recurso: ahora del comisario, que Apeló ante la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacionalpara que forzara a que se ejecutara la sentencia como él pedía.
“Envuelto en asuntos publicados…”
El juez había considerado que las penas estaban cumplidas, Solicitar correspondencia con la Administración es arbitrario.Ya que se trataba de un nombramiento discrecional de puestos de libre designación.
Por lo tanto diseño libre “Tienen siempre”. un elemento de confianza y una valoración sobre la integración del aspirante en un equipo y una organización que ya está constituida y en función, y sobre cuya integración armónica debe hacerse una valoración”.
Este elemento de confianza “se traduce en ultimo termo en una”. preferencia subjetiva de un candidato sobre otros que se pueden sentir postergados”.
A su juicio, “la única valoración que debe hacer el órgano judicial es garantizar que se han repetido los límites negativos de una actuación”. asegurar que no se haya incurrido en arbitrariedad o agravio ilegítimo las razones de la preterición del candidato no fueron expuestas antes y ahora sí lo han sido”.
Señaló en el auto de septiembre de 2023 “no puede decirse que sean razones nuevas” las esgririmidas para no adjudicaterle ninguna plaza y este comisario, “sino que su explícitación se hecho sobre sobre existente puedes puedes puedes puedes.
Añadió que “se ha aludido a la situación y se han evitado hacer imputaciones, pues lo que sí es un hecho objetivo que calquiera puede percibir como hecho notorio que no precisa acreditarse, es que que basta concerditarse, es que que basta concerditarse, es que que basta con requiritarse, es que que basta con realizares concentrados. hecho objetivo que El aspirante se ha visto envuelto en una serie de asuntos profusamente publicadasque de algun modo alejan al candidato de la imagen pública, necesariamente discreto y neutral, que resulta exigible en un cargo diplomático para desempeñar eficazmente su misión”.
No se desarrolloban en la sentencia más reciente, de julio de 2024, pero parece claro que la Dirección General de la Policía decidió no enviar a este comisario a ninguna de las embajadas que había pedido público”.
Sanciones por disciplina
La Policía Nacional Denunció en su recurso que la Dirección General se tenía que limitar a valorar los méritos establecidos por la convocación y los méritos existentes en el expediente administrativo hasta el momento anterior anterior a la reuniones de la reuniones de la reunion. él seguía “sin saber la situación de sus méritos y deméritos curriculares en relación con los candidatos elegidos”.
Críticas a la gestión Hadia utilizado elementos nuevos en esas valoración, cuentos como “Alerta de tráfico” y seleccione “múltiples transmisiones públicas en la web (…)”.
Además Alegó que profesional sin fecha “actuaciones disciplinarias/penales anteriores y/o en curso por ninguna noticia periodística, ni por ninguna actuación profesional”.
Se quiso evitar “mer publicidad”
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional estudió el caso y sí entendió que que “se ha cumplido el fallo judicial”frente a la queja del comisario.
Constató que la Dirección General de la Policía ejecutó la sentencia de 2022, en el sentido de que mediante resolución de 22 de mayo de 2023 los cuatro consejeros del interior Las embajadas nombradas de España en Colombia, Cuba, México y Rusia, y al día siguiente, 23 de mayo, volvoí a nombrar a los mismos comisarios para los mismos destinos.
puerto tanto, el recurrente se quedo de nuevo sin plaza.
“Estamos, se recuerda, ante nombramientos por libre designación, no concurso de méritos, y ante una ejecución de sentencia”, indicó la Audiencia Nacional en la última frase, “por lo que Realizar una procedimiento un exhaustivo entre los méritos de los candidatosque suponga una valoración individualizada y una puntuación de todos y cada uno de los méritos de todos y cada uno de los candidatos, exigencia esta propia de un sistema de cobertura distinto es el concurso”.
Entendió que “si se analiza el acta de la Comisión de Destinos, se que debe tenerse en cuenta. cumple con el deber de motivación que la citada sentencia imponía en la medida en que se obviamente obediente los argumentos que continúa el nombramiento De los actuales consejeros de Interior y los motivos por los que no se demostró candidato ideóneo al recurrente”.
Descartó además que se sacaran “cuestiones nuevas”: como había claramente el director general de la Policía en una resolución, “en su momento no se esgrimieron estos argumentos que indicaban su no idoneidad para ocupar los puestos solicitados para evitar, precisamente, mayor publicidad y repercusión de las circunstancias anteriores señaladas”.
De nuevo se citaban esas “circunstancias” que inclinaban la balanza en contra del comisario protagonista de esta batalla juicio, pero castigo evidente.
Comisión de Asuntos Exteriores
La posición de los magistrados de la Audiencia Nacional, al estudiar el recurso de apelación, fue que es indudable que Dicho control judicial de la motivación no puede valorar ni los méritos, ni las capacidades de los candidatos, ni su idoneidad o falta de idoneidadde comisarios de Policía Nacional en puestos de Trabajo de Consejero y agregado de Interior ve Diferentes Dispaña Diplomáticas de España, sin que se pueda sustituir a la Administración en tal juicio”.
En la sentencia decidiron reproducir los argumentos que se reflejaron en un acta de la Comisión de Asuntos Exterioresde 24 de mayo de 2023, sobre “los motivos por los que no se mostró candidato idóneo al recurrente”.
“Los puestos de trabajo en Consejerías y Agregadurías de Interior están regulados en el Real Decreto 1300/2006mediate el que se determina las funciones recomendadas y se establece un procedimiento de designación, en el que Se Valora mucho experiencia internacional como el conocimiento de modismosasí como idoneidad“, anuncia la “Comisión de Política Nacional de Asuntos Exteriores”.
Si bien “este es el planteamiento inicial y que aporta la base jurídica, en la práctica”, añadió la comisión, “y dado que despeñar un trabajo de este tipo”. implica, no solo ser el enlace de Policía Nacional en tros países, representante de China e interesado en España dentro del marco de la acción Exterior del Estado; en el proceso de selección se tienen en cuenta diversos factores”.
¿En qué te basas? “La selección se realiza entre todos los peticionarios, teniendo en cuenta tanto su experiencia profesional y ésta ha sido multidisciplinar o relaciada con las especiales profesionalidades profesionales que mayoritariamente se va a descontrarstien; como callarse Habilidades para moverse en un ambiente diferente nacional y la capacidad de relación con personas de tradicionales cules distintas.“.
Por lo tanto, “digamos un factor habilidades socialescomo el de conocimiento del idioma se consideración indispensable para poder desarrollar el trabajo de colaboración que se requiere en los puestos de esta índole”.
La Policía defiende también que “la verdad es exacta no hay confrontación, es procedente, no se puede sancionar por ello.. Nombramiento y candidatura de la delegación extranjera de España reflejo ético en el desempeño de los mismos”.
Para ello, “se comprueba también si la exposición mediática de las personas que optan y estos puestos Puede afectar a la credibilidad de su trabajo y otros países. y se valora si esta circunstancia Influye en la futura relación a estabilizar con homologós policiales y autoridades de países extranjeros“.
La comisión explicó que habían expuesto “las razones que motivaron la acción de otras personas para ocupar los cargos en el país extranjero y las razones por las que no respondieron positivamente a la petición”. estafa la Vulnerabilidad que presentaba su candidada que lo locacaban en un lugar de exposición elevada ante los medios de comunicación respecto a la numerosa información.“.
La Audiencia Nacional aceptó estos argumentos y concluyó que la nueva propuesta de la Comisión de Destinos Exteriores, sobre consejeros de Interior y las cuatro embajadas citadas, se levó a cabo “de manera motivación“. Eso es todo recurso del comisario.
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