El líder de Se Acabó la Fiesta, Alvise Pérez, dispone hasta el próximo 12 de octubre para presentar ante el Tribunal de Cuentas su contabilidad electoral. A partir de esa fecha los datos aportados por esta formación y por el resto de partidos que concurrieron a las europeas del pasado junio serán revisados por el Departamento de Partidos Políticos del órgano fiscalizador para realizar un informe que determinará si los números aportados se ajustan a la normativa o no.
En el caso de Alvise el interés reside en saber si declarará o no los 100.000 euros en metálico que un empresario con el que se había asociado dice que le entregó en efectivo para financiar su campaña al margen del propio Tribunal de Cuentas. En una comparecencia en su canal de Telegram el eurodiputado ha atribuido el pago a un trabajo que realizó como autónomo y que admite que no declaró a Hacienda, porque la considera “una mafia”.
Fuentes de la institución encargada de revisar las cuentas públicas señalan a este periódico que el informe que se redacte con los datos que aporte el partido será aprobado por el pleno de la institución y después presentado a las Cortes. En el caso de que alguna formación no presente sus cuentas, el tribunal informará de ello al Ministerio del Interior con el fin de que sea excluido de futuras ayudas y subvenciones.
El procedimiento ante el órgano fiscalizador es completamente ajeno al que seguirá la denuncia presentada ante la fiscalía por Álvaro Romillo, conocido en redes como CryptoSpain, contra él mismo y el propio Alvise, y ante la Adiencia Nacional por perjudicados por el “chiringuito financiero” que el empresario había constituido para gestionar la comunidad para la compraventa de obras de arte digiltales que había creado, Madeira Invest Club.
La Secretaría Técnica de la Fiscalía General remitió la denuncia de Romillo a los fiscales del Tribunal Supremo al entender que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de financiación ilegal de partidos políticos del artículo 304 ter del Código Penal, en el que se castiga con “pena de prisión de uno a cinco años, al que participe en estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, al margen de lo establecido en la ley“, informaron fuentes fiscales a este diario.
En su denuncia Romillo asegura asegura que entregó 100.000 euros a Alvise para la campaña a las europeas a través de un empleado suyo en las oficinas madrileñas de Sentinel, negocio que apunta que creó para gestionar lo recaudado con la venta de las obras de arte digitales y en el que, entre otros servicios, ofrece “el intercambio entre particulares de crypto y efectivo” y “servicios de 5.000 cajas de seguridad anónimas”. La denuncia en la que el empresario se autoinculpa ante fiscalía afirma que esas “operaciones no quedan registradas, no constan en ningún registro, ni están fiscalizadas”, porque “los intercambios que se realizan son anónimos”.
Y eso sería precisamente lo que habría atraído al eurodiputado a juzgar por los mensajes por Whatsapp y Signal que se habría cruzado con Romillo para la creación de Wallets (tarjetas digitales) con las que recabar financiación tanto para las personas a las que denomina “ardillas”, que se supone que le informan de casos de corrupción, como para la campaña electoral del pasado junio sin que quedara rastro. Según los pantallazos incorporados en la denuncia de Romillos, Alvise le urgía para la obtención de dinero en metálico de cara a la cita electoral ante el apremio de los tiempos.
Todo ello difícilmente conciliable con la ley de financiación de partidos políticos y con la ley orgánica de régimen general electoral (Loreg). El artículo 5 de la primera prohíbe las donaciones privadas superiores a 50.000 euros, así como las anónimas, finalistas o revocables, las procedentes de una misma persona o de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica. Añade que todas las donaciones superiores a 25.000 euros y en todo caso, las donaciones de bienes inmuebles, deberán ser objeto de notificación al Tribunal de Cuentas por el partido político en el plazo de tres meses desde su aceptación.
Por su parte, la loreg solo prevé el uso de cuentas en entidades bancarias. Su artículo 125 obliga a los administradores generales de los partidos a comunicar a la Junta Electoral Central y a las Juntas Provinciales “las cuentas abiertas para la recaudación de fondos”, cuya apertura, dice, “puede realizarse, a partir de la fecha de nombramiento de los administradores electorales, en cualquier Entidad Bancaria o Caja de Ahorros”.
Las fuentes consultadas insisten en que el Tribunal de Cuentas solo analiza el material entregado por cada partido. La documentación debe incluir los justificantes de ingresos y gastos y las memorias económicas de los actos de campaña realizados, así como de los envíos de propaganda electoral. A la información sobre citas electorales se le da prioridad respecto a la de las cuentas anuales, que también tienen obligación de entregar.
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Por eso los informes electorales se conocen antes incluso de transcurrido un año de la celebración de las elecciones (los de los comicios de mayo del 23 en Murcia y La Rioja, por ejemplo, se conocieron el pasado mes de febrero). En cambio los de las cuentas anuales de las formaciones políticas llevan un retraso de hasta cuatro años, a juzgar por los presentados esta misma semana en el Congreso por la presidenta del tribunal, Enriqueta Chicano, que eran de 2020.
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